Contradicciones Magisteriales sobre la “Libertad Religiosa“
Por fin alguien se hace la pregunta del millón: ¿Ha habido contradicciones en la enseñanza de la Iglesia sobre la libertad religiosa? Veamos qué responde el Cardenal Martino y las acotaciones imprudentes de Panoramix.
El cardenal Martino aclara los diferentes pronunciamientos de los Papas
Por fin alguien se hace la pregunta del millón: ¿Ha habido contradicciones en la enseñanza de la Iglesia sobre la libertad religiosa? Veamos qué responde el Cardenal Martino y las acotaciones imprudentes de Panoramix.
El cardenal Martino aclara los diferentes pronunciamientos de los Papas
CIUDAD DEL VATICANO, jueves, 30 junio 2005 (ZENIT.org).- ¿Se ha contradicho en los últimos siglos la Iglesia católica al condenar y después defender la libertad religiosa? A esta pregunta respondió negativamente el cardenal Renato R. Martino al intervenir este jueves en la presentación del «Informe 2005 sobre la libertad religiosa en el mundo», redactado por la organización católica «Ayuda a la Iglesia Necesitada».
Hablando en la Cámara de los Diputados de la República de Italia, ante algunos diputados y periodistas, el presidente del Consejo Pontificio para la Justicia y la Paz recordó la afirmación del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia donde se dice que «la distinción entre religión y política y el principio de la libertad religiosa constituyen una adquisición específica del cristianismo, de gran relieve a nivel histórico y cultural».
La libertad religiosa, explicó «fue decididamente condenada en 1864 por Pío IX, en el «Sillabus» (Cf. proposiciones números l5-l8, 77-79); pero ya antes había sido condenada por Gregorio XVI en la encíclica «Mirari vos» de l832, mientras que fue reconocida, un siglo después, del Concilio Vaticano II en la Declaración «Dignitatis humanae» (1965)».
Por tanto, se preguntó: «¿el Magisterio pontificio de los Papas del siglo XIX en materia de libertad religiosa están contracción con las deliberaciones del Vaticano II?».
Comentario Druídico: ¡Excelente pregunta, Eminecia!
«No es así -respondió-. En la «Mirari vos» en el «Sillabus», de hecho, no se condenaba la libertad religiosa, sino una cierta concepción filosófica de la libertad religiosa que entonces dominaba. Esta concepción comportaba el relativismo, el sincretismo o incluso la indiferencia en materia religiosa, con una equiparación en esencia entre la verdad y el error».
Comentario Druídico: Y esa concepción que entonces dominaba, ¿ya no domina más?
«Es totalmente evidente que estas posiciones son incompatibles con la naturaleza de la Iglesia, que tiene la certeza de la verdad», explicó.
Comentario Druídico: ¡Extraordinario!
El Concilio, añadió, afirmó explícitamente en la declaración «Dignitatis humanae» que, a nivel moral, se da la obligación, para cada hombre, de buscar la verdad y seguir la verdad.
Comentario Druídico: Si, pero… si no somos claros después no nos quejemos del relativismo.
«Verdad y error no están al mismo nivel, ni desde el punto de vista filosófico ni desde el teológico», indicó.
Comentario Druídico: ¡Extraordinario!
Esa declaración conciliar considera la libertad religiosa como «un derecho natural, fundado en la misma dignidad de la persona humana, que se define como derecho a no estar sometidos a coerciones externas en materia religiosa».
Comentario Druídico: ¡Humm! Pelota al corner. Rompimos el vidrio y ponemos cara de inocentes…
Todos los hombres «deben adherir a la verdad conocida y a ordenar su vida según las exigencias de la verdad», subrayó.
Comentario Druídico: ¡Extraordinario!
Y añadió: «Pero los hombres no son capaces de responder a esta obligación según su naturaleza, si no gozan de la libertad psicológica y al mismo tiempo de la inmunidad de coerción externa».
Comentario Druídico: Claro. Pero el orden social cristiano era una ayudita sin necesidad de entrar en las pantanosas aguas de la libertad psicológica (que tantas nulidades matrimoniales ha causado) y la extremamente rara avis de la coerción externa para hacerse católico.
El derecho a esta «inmunidad», concluyó, «perdura incluso entre quienes no cumplen con la obligación de buscar la verdad y de adherir a la misma; y su ejercicio no puede ser impedido, a condición de que respete el justo orden público».
Comentario Druídico: ¿Y por qué no le decimos a esto «tolerancia» en lugar de «libertad», para no confundir…?
30 de junio

