Errores condenados de Juan Huss y su doctrina
Si el Papa vive de modo contrario a Cristo, aun cuando subiera por la debida y legítima elección según la vulgar constitución humana; subiría, sin embargo, por otra parte que por Cristo, aun dado que entrara por una elección hecha principalmente por Dios. Porque Judas Iscariote, debida y legítimamente fue elegido para el episcopado por Cristo Jesús Dios, y sin embargo, subió por otra parte al redil de las ovejas. (Proposición de Juan Huss CONDENADA por el Concilio de Constanza).
Errores condenados de Juan Hus
[Condenados en el Concilio y en las Bulas antedichas, 1418]
[Condenados en el Concilio y en las Bulas antedichas, 1418]
2. Pablo no fue nunca miembro del diablo, aunque realizó algunos actos semejantes a la Iglesia de los malignos.
8. Los precitos (&) no son partes de la Iglesia, como quiera que, al final, ninguna parte suya ha de caer de ella, pues la caridad de predestinación que la liga, nunca caerá.
4. Las dos naturalezas, la divinidad y la humanidad, son un solo Cristo.
5. El precito, aun cuando alguna vez esté en gracia según la presente justicia, nunca, sin embargo, es parte de la Santa Iglesia, y el predestinado siempre permanece miembro de la Iglesia, aun cuando alguna vez caiga de la gracia adventicia, pero no de la gracia de predestinación.
6. Tomando a la Iglesia por la congregación de los predestinados, estuvieren o no en gracia, según la presente justicia, de este modo la Iglesia es artículo de fe.
7. Pedro no es ni fue cabeza de la Santa Iglesia Católica.
8. Los sacerdotes que de cualquier modo viven culpablemente, manchan la potestad del sacerdocio y, como hijos infieles, sienten infielmente sobre los siete sacramentos de la Iglesia, sobre las llaves, los oficios, las censuras, las costumbres, las ceremonias, y las cosas sagradas de la Iglesia, la veneración de las reliquias, las indulgencias y las órdenes.
9. La dignidad papal se derivó del César y la perfección e institución del Papa emanó del poder del César.
10. Nadie, sin una revelación, podría razonablemente afirmar de si o de otro que es cabeza de una Iglesia particular, ni el Romano Pontífice es cabeza de la Iglesia particular de Roma.
11. No es menester creer que éste, quienquiera sea el Romano Pontífice, es cabeza de cualquiera Iglesia Santa particular, si Dios no le hubiere predestinado.
12. Nadie hace las veces de Cristo o de Pedro, si no le sigue en las costumbres; como quiera que ninguna otra obediencia sea más oportuna y de otro modo no reciba de Dios la potestad de procurador, pues para el oficio de vicariato se requiere tanto la conformidad de costumbres, como la autoridad del instituyente.
13. El Papa no es verdadero y claro sucesor de Pedro, principe de los Apóstoles, si vive con costumbres contrarias a Pedro; y si busca la avaricia, entonces es vicario de Judas Iscariote. Y con igual evidencia, los cardenales no son verdaderos y claros sucesores del colegio de los otros Apóstoles de Cristo, si no vivieren al modo de los apóstoles, guardando los mandamientos y consejos de nuestro Señor Jesucristo.
14. Los doctores que asientan que quien ha de ser corregido por censura eclesiástica, si no quisiere corregirse, ha de ser entregado al juicio secular, en esto siguen ciertamente a los pontífices, escribas y fariseos, quienes al no quererlos Cristo obedecer en todo, lo entregaron al juicio secular, diciendo: A nosotros no nos es lícito matar a nadie [Ioh. 18, 81]; y los tales son más graves homicidas que Pilatos.
15. La obediencia eclesiástica es obediencia según invención de los sacerdotes de la Iglesia fuera de la expresada autoridad de la Escritura.
16. La división inmediata de las obras humanas es que son o virtuosas o viciosas; porque si el hombre es vicioso y hace algo, entonces obra viciosamente; y si es virtuoso y hace algo, entonces obra virtuosamente. Porque, al modo que el vicio que se llama culpa o pecado mortal inficiona de modo universal los actos de hombre, así la virtud vivifica todos los actos del hombre virtuoso.
17. Los sacerdotes de Cristo que viven según su ley y tienen conocimiento de la Escritura y afecto para edificar al pueblo, deben predicar, no obstante la pretendida excomunión; y si el Papa u otro prelado manda a un sacerdote, así dispuesto, no predicar, el súbdito no debe obedecer.
18. Quienquiera se acerca al sacerdocio, recibe de mandato el oficio de predicador; y ese mandato ha de cumplirlo, no obstante la pretendida excomunión.
19. Por medio de las censuras de excomunión, suspensión y entredicho, el clero se supedita, para su propia exaltación, al pueblo laico, multiplica la avaricia, protege la malicia, y prepara el camino al anticristo. Y es señal evidente que del anticristo proceden tales censuras que llaman en sus procesos fulminaciones, por las que el clero procede principalísimamente contra los que ponen al desnudo la malicia del anticristo, el cual ganará para sí sobre todo al clero.
20. Si el Papa es malo y, sobre todo, si es precito, entonces, como Judas, es apóstol del diablo, ladrón e hijo de perdición, y no es cabeza de la Santa Iglesia militante, como quiera que no es miembro suyo.
21. La gracia de la predestinación es el vinculo con que el cuerpo de la Iglesia y cualquiera de sus miembros se une indisolublemente con Cristo, su cabeza.
22. El Papa y el prelado malo y precito es equivocadamente pastor y realmente ladrón y salteador.
23. El Papa no debe llamarse «santísimo», ni aun según su oficio; pues en otro caso, también el rey había de llamarse santísimo según su oficio, y los verdugos y pregoneros se llamarían santos, y hasta al mismo diablo habría que llamarle santo, porque es oficial de Dios.
24. Si el Papa vive de modo contrario a Cristo, aun cuando subiera por la debida y legítima elección según la vulgar constitución humana; subiría, sin embargo, por otra parte que por Cristo, aun dado que entrara por una elección hecha principalmente por Dios. Porque Judas Iscariote, debida y legítimamente fue elegido para el episcopado por Cristo Jesús Dios, y sin embargo, subió por otra parte al redil de las ovejas.
25. La condenación de los 45 artículos de Juan Wicleff, hecha por los doctores, es irracional, inicua y mal hecha. La causa por ellos alegada es falsa, a saber, que «ninguno de aquéllos es católico, sino cualquiera de ellos herético o erróneo o escandaloso».
26. No por el mero hecho de que los electores o la mayor parte de ellos consintieren de viva voz según el rito de los hombres sobre una persona, ya por ello solo es persona legítimamente elegida, o por ello solo es verdadero y patente sucesor o vicario de Pedro Apóstol o de otro Apóstol en el oficio eclesiástico; de ahí que, eligieren bien o mal los electores, debemos remitirnos a las obras del elegido. Porque por el hecho mismo de que uno obra con más abundancia meritoriamente en provecho de la Iglesia, con más abundancia tiene de Dios facultad para ello.
27. No tiene una chispa de evidencia la necesidad de que haya una sola cabeza que rija a la Iglesia en lo espiritual, que haya de hallarse y conservarse siempre con la Iglesia militante.
28. Sin tales monstruosas cabezas, Cristo gobernaría mejor a su Iglesia por medio de sus verdaderos discípulos esparcidos por toda la redondez de la tierra.
29. Los Apóstoles y los fieles sacerdotes del Señor gobernaron valerosamente a la Iglesia en las cosas necesarias para la salvación, antes de que fuera introducido el oficio de Papa: así lo harían si, por caso sumamente posible, faltara el Papa, hasta el día del juicio.
30. Nadie es señor civil, nadie es prelado, nadie es obispo, mientras está en pecado mortal [v. 595].
Las censuras teológicas de estos 30 artículos, véanse entre las interrogaciones que han de proponerse a los wicleffitas y hussitas, n. 11 [Infra, 661].
Interrogaciones que han de proponerse a los wicleffitas y hussitas
[De la Bula antedicha Inter cunctas, de 22 de febrero de 1418]
[Los artículos 1-4, 9 y 10 tratan de la comunión con dichos herejes.]
5. Asimismo, si cree, mantiene y afirma que cualquier Concilio universal, y también el de Constanza representa la Iglesia universal.
6. Asimismo, si cree que lo que el sagrado Concilio de Constanza, que representa a la Iglesia universal, aprobó y aprueba en favor de la fe y para la salud de las almas, ha de ser aprobado y mantenido por todos los fieles de Cristo; y lo que condenó y condena como contrario a la fe o a las buenas costumbres, ha de ser tenido, creído y afirmado por los mismos fieles como condenado.
7. Asimismo, si cree que las condenaciones de Juan Wicleff, Juan Hus y Jerónimo de Praga, hechas sobre sus personas, libros y documentos por el sagrado Concilio general de Constanza, fueron debida y justamente hechas y como tales han de ser tenidas y firmemente afirmadas por cualquier católico.
8. Asimismo, si cree, mantiene y afirma que Juan Wicleff de lnglaterra, Juan Hus de Bohemia y Jerónimo de Praga fueron herejes y herejes han de ser llamados y considerados, y que sus libros y doctrinas fueron y son perversas, por los cuales y por las cuales y por sus pertinacias, como herejes fueron condenados por el sagrado Concilio de Constanza.
11. Asimismo, pregúntese especialmente al letrado, si cree que la sentencia del sagrado Concilio de Constanza, dada contra los cuarenta y cinco artículos de Juan Wicleff y los treinta de Juan Hus, arriba transcritos, fue verdadera y católica; es decir, que los sobredichos cuarenta y cinco artículos de Juan Wicleff y los treinta de Juan Hus, no son católicos, sino que algunos de ellos son notoriamente heréticos, algunos erróneos, otros temerarios y sediciosos, otros ofensivos de los piadosos oídos.
12. Asimismo, si cree y afirma que en ningún caso es lícito jurar.
13. Asimismo, si el juramento, por mandato del juez, de decir la verdad, o cualquier otro por causa oportuna, aun el que ha de hacerse para justificarse de una infamia, es lícito.
14. Asimismo, si cree que el perjurio cometido a sabiendas, por cualquier causa u ocasión, por la conservación de la vida, propia o ajena, y hasta en favor de la fe, es pecado mortal.
15. Asimismo, si cree que quien con ánimo deliberado desprecia un rito de la Iglesia, las ceremonias del exorcismo y del catecismo, del agua consagrada del bautismo, peca mortalmente.
16. Asimismo, si cree que después de la consagración por el sacerdote en el sacramento del altar, bajo el velo de pan y vino, no hay pan material y vino material, sino, por todo, el mismo Cristo, que padeció en la cruz y está sentado a la diestra del Padre.
17. Asimismo, si cree y afirma que, hecha por el sacerdote la consagración, bajo la sola especie de pan exclusivamente, y aparte la especie de vino, está la verdadera carne de Cristo, y su sangre, alma y divinidad y todo Cristo, y el mismo cuerpo absolutamente y bajo una cualquiera de aquellas especies en particular.
18. Asimismo, si cree que ha de ser conservada la costumbre de dar la comunión a los laicos bajo la sola especie de pan; costumbre observada por la Iglesia universal, y aprobada por el sagrado Concilio de Constanza, de tal modo que no es lícito reprobarla o cambiarla arbitrariamente sin autorización de la Iglesia. Y que los que pertinazmente dicen lo contrario, han de ser rechazados y castigados como herejes o que saben a herejía.
19. Asimismo, si cree que el cristiano que desprecia la recepción de los sacramentos de la confirmación, de la extremaunción, o la solemnización del matrimonio, peca mortalmente.
20. Asimismo, si cree que el cristiano, aparte la contrición del corazón, si tiene facilidad de sacerdote idóneo, está obligado por necesidad de salvación a confesarse con el solo sacerdote y no con un laico o laicos, por buenos y devotos que fueren.
21. Asimismo, si cree que el sacerdote, en los casos que le están permitidos, puede absolver de sus pecados al confesado y contrito y ponerle la penitencia.
22. Asimismo, si cree que un mal sacerdote, con la debida materia y forma, y con intención de hacer lo que hace la Iglesia, verdaderamente consagra, verdaderamente absuelve, verdaderamente bautiza, verdaderamente confiere los demás sacramentos.
28. Asimismo, si cree que el bienaventurado Pedro fue vicario de Cristo, que tenía poder de atar y desatar sobre la tierra.
24. Asimismo, si cree que el Papa, canónicamente elegido, que en cada tiempo fuere, expresado su propio nombre, es sucesor del bienaventurado Pedro y tiene autoridad suprema sobre la Iglesia de Dios.
25. Asimismo, si cree que la autoridad de jurisdicción del Papa, del arzobispo y del obispo en atar y desatar es mayor que la autoridad del simple sacerdote, aunque tenga cura de almas.
26. Asimismo, si cree que el Papa puede, por causa piadosa y justa, conceder indulgencias para la remisión de los pecados a todos los cristianos verdaderamente contritos y confesados, señaladamente a los que visitan los piadosos lugares y Ies tienden sus manos ayudadoras.
27. Asimismo, si cree que los que visitan las iglesias mismas y les tienden sus manos ayudadoras pueden, por tal concesión, ganar tales indulgencias.
28. Asimismo, si cree que cada obispo, dentro de los límites de los sagrados cánones, puede conceder a sus súbditos tales indulgencias.
29. Asimismo, si cree y afirma que es lícito que los fieles de Cristo veneren las reliquias y las imágenes de los Santos.
30. Asimismo, si cree que las religiones aprobadas por la Iglesia, fueron debida y razonablemente introducidas por los santos Padres.
31. Asimismo, si cree que el Papa u otro prelado, expresados los nombres propios del Papa según el tiempo, o sus vicarios, pueden excomulgar a su súbdito eclesiástico o seglar por desobediencia o contumacia, de suerte que ese tal ha de ser tenido por excomulgado.
32. Asimismo, si cree que, caso de crecer la desobediencia o contumacia de los excomulgados, los prelados o sus vicarios en lo espiritual, tienen potestad de agravar y reagravar las penas, de poner entredicho y de invocar el brazo secular; y que los inferiores han de obedecer a aquellas censuras.
33. Asimismo, si cree que el Papa y los otros prelados o sus vicarios en lo espiritual, tienen poder de excomulgar a los sacerdotes y laicos desobedientes y contumaces y de suspenderlos de su oficio, beneficio, entrada en la Iglesia y administración de los sacramentos.
34. Asimismo, si cree que pueden las personas eclesiásticas tener sin pecado posesiones de este mundo y bienes temporales.
35. Asimismo, si cree que no es lícito a los laicos quitárselos por propia autoridad; más aún, que al quitárselos así, llevárselos o invadir los mismos bienes eclesiásticos, han de ser castigados como sacrílegos, aun cuando las personas eclesiásticas que poseen tales bienes, llevaran mala vida.
36. Asimismo, si cree que tal robo e invasión, temeraria o violentamente hecha a cualquier sacerdote, aun cuando viviera mal, lleva consigo sacrilegio.
37. Asimismo, si cree que es licito a los laicos de uno y otro sexo, es decir, a hombres y mujeres, predicar libremente la palabra de Dios.
38. Asimismo, si cree que cada sacerdote puede lícitamente predicar la palabra de Dios, dondequiera, cuando quiera y a quienesquiera le pareciere bien, aun sin tener misión para ello.
39. Asimismo, si cree que todos los pecados mortales, y especialmente los manifiestos, han de ser públicamente corregidos y extirpados.
SESION XV (6 de julio de 1415)
Nota: (&) precistos: réprobos o condenados a las penas del infierno. Entiéndase en el contexto de la falsa doctrina de la «predestinación» que predicaban Huss y sus maestros.

