Panorama Católico

Ecumenismo en Acción

2.1 Si la antedicha necesidad pastoral se presentase, las iglesias y capillas católicas no podrán ser puestas a disposición de otras comunidades que las de fe católica-cristiana, evangélica-reformada, luterana, ortodoxa y anglicana. (…)

3.3 En función de las razones antedichas, se prohíbe a los sacerdotes de la Fraternidad sacerdotal San Pío X utilizar la iglesias y capillas católicas para todo servicio sacerdotal, en particular para la dispensación de los sacramentos.

2.1 Si la antedicha necesidad pastoral se presentase, las iglesias y capillas católicas no podrán ser puestas a disposición de otras comunidades que las de fe católica-cristiana, evangélica-reformada, luterana, ortodoxa y anglicana. (…)

3.3 En función de las razones antedichas, se prohíbe a los sacerdotes de la Fraternidad sacerdotal San Pío X utilizar la iglesias y capillas católicas para todo servicio sacerdotal, en particular para la dispensación de los sacramentos.

Estos textos están en un decreto del Arzobispo de Ginebra, Mons. Morerod, que puede leerse completo aquí.

De lo que se deduce, por si alguien no se había dado cuenta, que el ecumenismo conciliar es solo aplicable a los que están de acuerdo con el ecumenismo conciliar.

Comentario Druídico: Arzobispo de Ginebra. No arzobispo después de una ginebra… No confundir.

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