Panorama Católico

Democracia y democracia

«Para la buena ordenación de gobernantes en un Estado o nación, hay que tener en cuenta dos cosas. Una de ellas es que todos tengan alguna participación en el gobierno: pues por esto se conserva la paz del pueblo, y todos aman tal sistema político y lo custodian, como se dice en la Política» (Santo Tomás de Aquino) 

Legitimidad de origen y de ejercicio

Tal es pues el mejor sistema político, el bien combinado de monarquía, en cuanto uno dirige; de aristocracia, en cuanto muchos gobiernan según la virtud; y de democracia, esto es, potestad del pueblo, en cuanto del pueblo se puede elegir gobernantes, y al pueblo corresponde la elección de los gobernantes si actúan según la moral al gobernar y al votar.

Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica, I-II, 105, 1 c:

«Circa bonam ordinationem principum in aliqua civitate vel gente, duo sunt attendenda. Quorum unum est ut omnes aliquam partem habeant in principatu, per hoc enim conservatur pax populi, et omnes talem ordinationem amant et custodiunt, ut dicitur in II Polit.(c6, n.15). Aliud est quod attenditur secundum speciem regiminis, vel ordinationis principatuum. Cuius cum sint diversae species, ut philosophus tradit, in III Polit.(c. 5, n. 2.4), praecipuae tamen sunt regnum, in quo unus principatur secundum virtutem; et aristocratia, idest potestas optimorum, in qua aliqui pauci principantur secundum virtutem. Unde optima ordinatio principum est in aliqua civitate vel regno, in qua unus praeficitur secundum virtutem qui omnibus praesit; et sub ipso sunt aliqui principantes secundum virtutem; et tamen talis principatus ad omnes pertinet, tum quia ex omnibus eligi possunt, tum quia etiam ab omnibus eliguntur. Talis enim est optima politia, bene commixta ex regno, inquantum unus praeest; et aristocratia, inquantum multi principantur secundum virtutem; et ex democratia, idest potestate populi, inquantum ex popularibus possunt eligi principes, et ad populum pertinet electio principum».

«Para la buena ordenación de gobernantes en un Estado o nación, hay que tener en cuenta dos cosas. Una de ellas es que todos tengan alguna participación en el gobierno: pues por esto se conserva la paz del pueblo, y todos aman tal sistema político y lo custodian, como se dice en la Política (II, 6, 5). La otra es que se atienda a la especie de régimen o de sistema de gobierno. De la cual hay diversas especies, recopiladas por el Filósofo en la Política (III, 5, 2.4), siendo las principales: la monarquía, en la que uno gobierna según la virtud; y la aristocracia, que es la potestad de los mejores, en la que unos pocos gobiernan según la virtud. De donde la mejor ordenación de gobernantes en un Estado o reino es aquella en la que uno está al mando según la virtud y a todos dirige; y bajo él hay algunos gobernantes según la virtud; y sin embargo tal gobierno pertenece a todos, tanto porque todos son elegibles, como porque todos son también electores. Tal es pues el mejor sistema político, el bien combinado de monarquía, en cuanto uno dirige; de aristocracia, en cuanto muchos gobiernan según la virtud; y de democracia, esto es, potestad del pueblo, en cuanto del pueblo se puede elegir gobernantes, y al pueblo corresponde la elección de los gobernantes».

Pío XII dice sobre la democracia: 

«Una sana democracia, fundada sobre los inmutables principios de la ley natural y de las verdades reveladas, será resueltamente contraria a aquella corrupción que atribuye a la legislación del Estado un poder sin freno ni límites, y que hace también del régimen democrático, a pesar de las contrarias, pero vanas apariencias, un puro y simple sistema de absolutismo.
»El absolutismo de Estado (que no debe ser confundido, en cuanto tal, con la monarquía absoluta, de la cual no se trata aquí) consiste de hecho en el erróneo principio de que la autoridad del Estado es ilimitada y de que frente a ésta -incluso cuando da libre curso a sus intenciones despóticas, sobrepasando los límites del bien y del mal- no se admite apelación alguna a ley superior moralmente obligatoria.
»Un hombre penetrado de ideas rectas sobre el Estado y sobre la autoridad y el poder de que está revestido como custodio del orden social, nunca jamás pensará ofender la majestad de la ley positiva dentro del campo de su natural competencia. Pero esta majestad del derecho positivo humano es inapelable únicamente cuando ese derecho se conforma -o al menos no se opone- al orden absoluto establecido por el Creador e iluminado con una nueva luz por la revelación del Evangelio. Esa majestad no puede subsistir sino en la medida que respeta el fundamento sobre el cual se apoya la persona humana, así como el Estado y el poder público. Este es el criterio fundamental de toda sana forma de gobierno, incluida la democracia; criterio con el cual ha de juzgarse el valor moral de toda ley particular» (Pío XIIRadiomensaje de Navidad de 1944, 24.12.1944: AAS 37, 1945, 10-20).

Fuente: Hispanidad

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